El Consejo de Gobierno, máximo órgano de gobierno universitario, ha aprobado una Declaración Institucional en apoyo a su personal temporal e interino, conscientes del grave problema de temporalidad ocasionado por la tasa de reposición impuesta por el Gobierno de España y la carencia de recursos económicos para realizar contrataciones estables, responsabilidad del Gobierno de Aragón.
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El Consejo de Gobierno se refiere al incumplimiento de la normativa comunitaria que está provocando esta situación, tal y como ha puesto en evidencia el Tribunal de Justicia de la UE, de forma reiterada.
Con esta declaración, la Universidad de Zaragoza muestra su voluntad de aplicar las medidas que la ley le permita, facilitando la estabilización de las personas que se encuentran en abuso de temporalidad (aunque en la declaración no quiera usar ese término).
Además, se emplaza a la Gerencia para que analice las situaciones concretas de las personas que vienen ocupando puestos de trabajo de carácter estructural durante más de tres años y han accedido a ellos a través de algún procedimiento selectivo; las tres condiciones que determinan la situación de abuso de temporalidad. La determinación de estas situaciones permitirá adoptar medidas concretas en la Mesa de PAS.
Esta Declaración Institucional fue solicitada por los dos representantes del PAS en el Consejo de Gobierno en el mes de marzo pasado, en línea con las mociones aprobadas en el Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza y, posteriormente, en el de Huesca. El Rector aceptó la idea, pero, ante la falta de una posición sindical unánime, finalmente ha optado por un texto menos ambicioso, pero, a nuestro juicio, importante, ya que nos convierte en la primera Universidad del Estado en aprobar una Declaración similar.
Gracias a la presión de las movilizaciones, incluida la Huelga Estatal del Sector Público que convocamos el pasado 18 de junio, se está consiguiendo la visibilización del problema y sumar apoyos institucionales, instrumentos que ayudarán a que la solución sea más favorable para las legítimas reivindicaciones del personal temporal e interino.