Aprobada en el Senado la Ley de Medidas Urgentes para la reducción de la Temporalidad en el Sector Público

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BOCG-14-A-63-4

El 22 de diciembre de 2021 ha quedado definitivamente aprobada la Ley que pretende reducir la alta tasa de temporalidad existente en todas las Administraciones Públicas, quedando pendiente su publicación en el Boletín Oficial del Estado y entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

Sin enmiendas aprobadas que buscaban mejorar el texto en el Senado, esta norma queda tal como lo conocíamos del Congreso de los Diputados, incorporando cambios sustanciales y modificando notablemente el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio o más conocido como el “Icetazo”, fruto del acuerdo firmado por el Gobierno con CCOO, UGT y CSIF; contrario a las normas y jurisprudencia de Europa.

Aún ahora, esta ley sigue sin trasponer de forma eficaz y disuasoria para las Administraciones Públicas la Directiva Europea 1999/70 CE sobre el contrato de duración determinada. De todas y todos es sabido que los procesos de consolidación de empleo que se pondrán en marcha no repararán el fraude de ley y abuso de temporalidad sufrido por miles de personas empleadas públicas, ya que no serán procesos restringidos y sólo se estabilizarán las plazas y no las personas que las ocupan. Además, las indemnizaciones contempladas para las personas que no superen los procesos de estabilización y sean cesadas, son irrisorias e incumplen a todas luces la normativa europea.

Gracias al apoyo de miles de personas, de plataformas y de organizaciones sindicales independientes se ha conseguido cambiar el “Icetazo”, incorporando mejoras en los procesos de estabilización y superando el mensaje continuado de los que firmaron ese acuerdo, de que no se podía realizar un concurso de méritos, cuando hasta el EBEP en su redacción vigente lo permite.

Se aprueba una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas estructurales y dotadas presupuestariamente, ocupadas de forma ininterrumpida al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020. El sistema de selección será el de concurso-oposición, valorándose el concurso con un máximo del 40% de la puntuación total y pudiendo no ser eliminatorios los ejercicios de la fase de oposición.

Se convocarán por el sistema de concurso de méritos las plazas estructurales y dotadas presupuestariamente, ocupadas de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.

Las ofertas de empleo público de todos estos procesos deberán estar publicadas antes del 1 de junio de 2022 y sus respectivas convocatorias antes del 31 de diciembre de 2022. Teniendo quedar definitivamente resueltas antes del 31 de diciembre de 2024.

Una vez conocidas todas las plazas que cumplen estos criterios tenemos que negociar en la Mesa de PAS con Gerencia las respectivas convocatorias y todos sus detalles.

Consideramos que la incertidumbre jurídica no terminará cuando se publique esta ley en el BOE, al no trasponer completamente la Directiva 1999/70 CE ni la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y seguramente los tribunales europeos tendrán la última palabra.

Con la finalidad de informarte en detalle del proceso te invitaremos a distintas asambleas que convocaremos a la vuelta de vacaciones de Navidad, antes del inicio de la negociación. Dialogaremos y debatiremos sobre las distintas opciones y maneras de conseguir aplicar positivamente para las personas que estamos en fraude de ley y abuso de temporalidad, los distintos procesos de estabilización que vienen.

Frente al “ruido” producido por algún sindicato, queremos trasladarte serenidad. La mayoría absoluta de la representación sindical negociará las mejores condiciones posibles para la estabilización del personal temporal, siempre bajo la premisa de respetar la voluntad del conjunto de la plantilla del PAS.