ACUERDO MESA PTGAS

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La Mesa de PTGAS celebrada el 18 de marzo ha acordado el texto de las bases reguladoras de la convocatoria de mentoring, con el voto favorable de UGT y SOMOS que representan al 76% de la plantilla. CGT ha votado en contra. CSIF no tiene voto en la mesa y CCOO no ha asistido a la Mesa.

Este acuerdo se aprobará en el Consejo de Gobierno del lunes 25 de marzo. De esta forma damos cumplimiento al acuerdo sobre la alternativa al premio de jubilación aprobado por la plantilla en referéndum celebrado en junio de 2023.

En aquel acuerdo se establecía que los tramos transitorios o los tramos permanentes asociados a la carrera profesional, se complementarían con una subvención asociada al mentoring por un importe máximo de 9.000€. En ese sentido, el acuerdo firmado por todos los sindicatos establecía un importe fijo de 450.000€ para los cuatro años del acuerdo, es decir que, si hay más de 50 personas que solicitan la subvención, habrá que distribuir esos 450.000€ entre los solicitantes.

Establecer esos criterios de la manera más equitativa posible ha sido el objetivo de la representación sindical.

Por parte de la Gerencia el objetivo ha sido el cumplimiento de la legalidad asociada a las subvenciones públicas, al tiempo que establecer una diferenciación entre los proyectos, asociada a su dificultad técnica (principio recogido en el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora). Por ese motivo, en la propuesta inicial Gerencia planteó que los grupos A pudieran percibir hasta 9.000€ y los grupos C hasta 6.000€.

La representación sindical rechazó este planteamiento y presentó la siguiente propuesta alternativa unitaria que se elaboró en el foro de la Junta de PTGAS.

  • Que se reparta la totalidad de la subvención (450.000€) de forma equitativa entre todos los solicitantes (independientemente del grupo de pertenencia).
  • Que las acciones subvencionables tuvieran además los siguientes contenidos:
    • Descripción de tareas en alguno/os de puestos de trabajo desempeñados.
    • Información adicional oportuna para facilitar la incorporación de la persona que vaya a relevarle en su puesto de trabajo.
    • Propuestas de mejora.
    • Propuestas de formación.
  • Que se simplifique el modelo de solicitud.
  • Que no se establezcan incompatibilidades para percibir la subvención que no estén recogidas en la legislación general.

Finalmente, en la Mesa de PTGAS del 14 de marzo se presentó la propuesta sindical que básicamente fue aceptada por la Gerencia quien incorporó parte de las acciones subvencionables a un último documento que fue acordado en la mesa del 18 de marzo.

La Gerencia mantuvo la diferencia en el número de los apartados de los grupos A y C, pues tendrán distintos contenidos con mayor complejidad para el grupo A pero menos apartados (4). El Grupo C tendrá 5 apartados con menor complejidad, lógicamente, que los grupos A.

Por parte de la Gerencia también se ha mantenido el establecimiento de unas penalizaciones asociadas al incumplimiento de apartados por un valor de hasta 1.000€

Cuando el número de solicitantes sea mayor de 50 (y por tanto no sea posible percibir el máximo de 9.000€), el importe de la subvención se ajustará proporcionalmente al número de solicitudes.

¿Qué es la mentoría?

Es la elaboración de un documento que refleje la experiencia en los diferentes puestos de trabajo desempeñados (del último o de otros puestos) de acuerdo con los apartados que refleje la convocatoria.

La Gerencia solamente verificará que el documento contiene los apartados mínimos necesarios y concederá la subvención.