Análisis acuerdo de pensiones públicas

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Acuerdo Pensiones Anexo-Normativo-Completo

ANÁLISIS Y VALORACIÓN DE LA INTERSINDICAL DE TRABAJADORES/AS DE ARAGÓN Acuerdo de 1 de julio de 2021 entre el Gobierno, CEOE, Cepyme, CCOO y UGT en materia de pensiones públicas

Antecedentes y condicionantes

El pasado 1 de julio por parte de los sindicatos CCOO y UGT, patronal CEOE y CEPYME y el Gobierno de España, se firmó un acuerdo en materia de pensiones con la finalidad de satisfacer una de las exigencias requeridas para acceder a los fondos europeos, lo cual implicará la revisión del último Pacto de Toledo y recortes a las futuras pensiones.

El Gobierno español presenta el plan a la Comisión Europea para poder acceder a los fondos, comprometiéndose a aplicar una serie de recortes en las pensiones en dos fases: la primera a finales de 2021 y la segunda durante el año 2022, siguiendo la misma senda que el acuerdo del 2011 con Zapatero y CCOO-UGT, CEOE y CEPYME, que retrasó la jubilación a los 67 años e introdujo el Factor de Sostenibilidad.

Ante las facilidades dadas por los sindicatos, el Gobierno cambia de planes respecto a los documentos conocidos anteriormente: el MEI (el nuevo Factor de Sostenibilidad) no se aprobará el 2022 sino en el primer paquete de reformas en 2021.

Para los firmantes es necesario «recuperar el planteamiento de 2011, ante el problema que va a suponer la jubilación de la generación del mal denominado baby boom y el aumento de la esperanza de vida» y aceptan que «a partir de 2027 los parámetros fundamentales del sistema se revisarán por las diferencias entre la evolución de la esperanza de vida a los 67 años de la población en el año en que se efectúe la revisión y la esperanza de vida a los 67 años en 2027. Dichas revisiones se efectuarán cada 5 años, utilizando las previsiones realizadas por los organismos oficiales competentes».

La presión social ejercida por los movimientos de pensionistas consiguió “doblar el brazo” al gobierno del PP y desde 2018 las pensiones se han actualizado al IPC, circunstancia que ahora el acuerdo recoge como punto básico.

Por último, indicar que los contenidos acordados deben superar el trámite parlamentario para convertirse en una ley.

LO BÁSICO DEL ACUERDO

Revalorización de las pensiones en función del IPC de noviembre, aunque sin garantía de permanencia pues dentro de cinco años se revisará.

Recortes en la jubilación anticipada voluntaria

  1. Se aumentan los coeficientes reductores en los casos que suponen la mayor parte de las jubilaciones anticipadas: tres meses anteriores a la jubilación ordinaria y a los 24 y 23 meses anteriores. Para que se retrasen unos meses, se reducen el resto de coeficientes. Anexo I
  2. Los coeficientes reductores se aplicarán sobre la pensión, no sobre la base reguladora, con el fin de endurecer las condiciones de la jubilación anticipada de quienes tienen las pensiones más altas. Se establece un período transitorio de 10 años a partir de enero de 2024 para la entrada en vigor de esta medida.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) que viene a sustituir al Factor de Sostenibilidad que introdujo la Disposición Adicional 59 del Acuerdo de pensiones de 2011 firmado por Zapatero, CCOO, UGT, CEOE y CEPYME, cuya entrada en vigor establecida para 2027 adelantó Rajoy para 2019 y posteriormente Sánchez aplazó para 2023.

Este “mecanismo” opera automáticamente dando vía libre al Gobierno para que decida su contenido antes del 15 de noviembre de 2021, pues no precisa ser objeto de acuerdo con los actuales firmantes.

El MEI puede establecer recortes en el cálculo de la pensión, en la edad de jubilación o en la revalorización de las pensiones, como se desprende de las declaraciones del Ministro Escrivá, cuando afirma que la generación del baby boom, tendrá que recortar su pensión o jubilarse más tarde.

El MEI es la verdadera clave de la reforma:

  1. Se adelanta a 2021 aunque se había anunciado para el año 2022 (en el segundo bloque de la reforma en el que también se prevé calcular la pensión en función de 35 años cotizados en lugar de los 25 actuales)
  2. Sustituye al Factor de Sostenibilidad, es un mero cambio terminológico, para aliviar el rechazo que producía se imputa a Rajoy, aunque ya figuraba en el Acuerdo con Zapatero de 2011.

LOS OBJETIVOS ESENCIALES DEL ACUERDO SON TRES:

  1. Retrasar la jubilación anticipada: «fomentando el desplazamiento voluntario de la edad de acceso a la jubilación».
  2. Instalar en el subconsciente de la ciudadanía que para el mantenimiento de las pensiones es necesario e ineludible un Mecanismo automático de Equidad Intergeneracional (nuevo Factor de Sostenibilidad). Se habilita al gobierno de turno para que recorte las nuevas pensiones si aumenta la esperanza de vida, recortando los ingresos mensuales de las pensiones si la expectativa de vida aumenta.
  3. Dejar fuera del análisis del actual y futuros acuerdos de pensiones la incorporación de otros factores económicos a tener en cuenta, como son: política fiscal, jornada laboral y salario mínimo, impuestos al capital, etc.

LO PEOR DEL ACUERDO ES:

  1. Dar un cheque en blanco al gobierno de turno para recortar las pensiones aplicando el MEI.
  2. Invalidar el tope de la pensión aplicando ventajas fiscales e incrementos para quienes deciden prolongar voluntariamente su vida laboral, circunstancias que provocan mayor desigualdad pues únicamente se aplica realmente en trabajos con rentas altas.
  3. Aumenta la desigualdad entre pensiones públicas año tras año por la única aplicación de incrementos del IPC.
  4. Realiza un mero ajuste contable sin aumentar el presupuesto público en pensiones, absolutamente necesario para mejorar el sistema.

NUESTRAS PROPUESTAS:

Dar marcha atrás en los recortes aprobados en las reformas de 2011 y de 2013.

Aumentar el gasto en pensiones vía presupuestos, mediante la mejora de las prestaciones y el consiguiente incremento. Para ello es imprescindible reformar la política fiscal, incluir impuestos a los robots tecnológicos y perseguir el fraude, entre otras medidas.

Reducir la desigualdad aplicando un mecanismo que, en el menor periodo posible y en un máximo de 20 años, establezca que ninguna pensión pública pueda ser 2,2 veces mayor que la pensión mínima.

  • Fijar la pensión mínima en el 90% del SMI.
  • Establecer la pensión máxima a percibir en un 200% del SMI en un plazo de 20 años.
  • Crear empleo de calidad, subir los salarios por encima del IPC y fijar el SMI en 1.200 €.

Que la negociación se abra a la participación de representaciones sectoriales y territoriales, ya que los sindicatos que forman parte de la mesa del Diálogo Social son un mero acompañamiento de las decisiones del Gobierno, lo cual supone la desmovilización de la clase trabajadora.

Anexo I

COEFICIENTES REDUCTORES PARA LA JUBILACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA